Logo La República

Miércoles, 19 de marzo de 2025



COMUNICADOS DIGITALES


Comunicado: Bolsa Nacional de Valores, S.A. - CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

Comunicados Digitales [email protected] | Martes 28 enero, 2025


Comunicados
Canva / La República


CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

La Bolsa Nacional de Valores, S.A., convoca a los señores accionistas a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria a celebrarse en las instalaciones de la Bolsa Nacional de Valores, en el Parque Empresarial Forum 1, Santa Ana, San José, en primera convocatoria, a las 16 horas del 27 de marzo del 2025, para conocer los siguientes asuntos:

Temas Ordinarios:

1. Aprobación del Orden del Día

2. Informe del Presidente de la Junta Directiva sobre el ejercicio económico que finalizó el 31 de diciembre del 2024

3. Informe de la Fiscalía

4. Aprobación de los Estados Financieros auditados al 31 de diciembre del 2023

5. Aprobación del Informe Anual del Gobierno Corporativo de la Bolsa Nacional de Valores, S. A. al 31 de diciembre del 2024

6. Temas contemplados según artículo 155 del Código de Comercio

7. Nombramiento de miembros de Junta Directiva y nombramiento de Fiscales.

Para el nombramiento de los miembros de la Junta Directiva y Fiscal, los accionistas podrán postular sus candidatos a más tardar el 28 de febrero del 2025, de conformidad con los requisitos contenidos en el Código de Gobierno Corporativo de Bolsa Nacional de Valores, S.A. y en la Política para determinar la idoneidad de las personas que ocupen o vayan a ocupar un puesto como miembros del Órgano de Dirección, Fiscalía y de la Alta Gerencia:

Los miembros y candidatos a la Junta Directiva y Fiscal deberán cumplir como mínimo con el siguiente perfil:

1. Ser persona de reconocida y probada honestidad y honorabilidad.

2. Tener preparación académica universitaria con grado mínimo de bachiller.

3. Tener amplio conocimiento y experiencia en Economía, sistema financiero, mercado de valores, Banca o Administración, y demostrada experiencia en aspectos relativos al desarrollo económico y social del país.

4. Tener conocimientos específicos en alguna de las áreas atinentes a su rol, tales como:

a. Planificación estratégica.

b. Gestión de riesgos. Al menos un miembro del Órgano de Dirección debe tener conocimiento del funcionamiento y de los riesgos a los que están expuestas las líneas de negocio significativas de la entidad o empresa.

c. Interpretación de la información financiera.

d. Requerimientos legales y marco regulatorio del negocio o actividad de la entidad o empresa, o grupo o conglomerado financiero.

e. Derecho de protección del consumidor financiero.

f. Dirección de proyectos.

5. No estar ligados entre sí por parentesco de afinidad o consanguíneo hasta el tercer grado.

6. Comprender su papel en el Gobierno Corporativo.

7. Ser capaces de ejercer un juicio sólido y objetivo sobre los asuntos relacionados con Bolsa Nacional de Valores, S.A.

8. Los miembros de la Junta Directiva y Fiscales que participen en Comités Técnicos deben tener la formación y experiencia demostrable, según la naturaleza del Comité.

9. No haber sido declarado insolvente durante los últimos 5 años anteriores al período fiscal correspondiente.

10. No haber sido condenado (a) mediante sentencia firme, durante los últimos 5 años por alguna autoridad jurisdiccional nacional o extranjera, por delitos dolosos contra la buena fe de los negocios, contra de la legislación relativa a la estructura, funcionamiento y cumplimiento de deberes de las entidades financieras, legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo,

financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, contra la propiedad, divulgación de secretos comerciales, corrupción, contra la Hacienda Pública nacional o contra los deberes de la función pública, contra la legislación tributaria o contra la legislación nacional de la seguridad social, protección al consumidor financiero.

11. No haber sido suspendido (a), separado(a) o inhabilitado (a)para ocupar cargos administrativos o de dirección en entidades reguladas o supervisadas por los órganos de regulación o supervisión financiera. Corresponde a los (las) candidatos (as) a la Junta Directiva y Fiscales acreditar el cumplimiento del perfil establecido en este artículo, para lo cual deberán apegarse a lo

señalado en la Guía para la Nominación de Miembros de Junta Directiva y Fiscales.

12. Los candidatos a ser electos como Directores Independientes deben cumplir con las características de independencia definidas por Bolsa Nacional de Valores, S.A. en su Código de Gobierno Corporativo:

a. No estar relacionado por gestión o por propiedad con la Bolsa o sus subsidiarias.

a. Planificación estratégica.

b. Gestión de riesgos. Al menos un miembro del Órgano de Dirección debe tener conocimiento del funcionamiento y de los riesgos a los que están expuestas las líneas de negocio significativas de la entidad o empresa.

c. Interpretación de la información financiera.

d. Requerimientos legales y marco regulatorio del negocio o actividad de la entidad o empresa, o grupo o conglomerado financiero.

e. Derecho de protección del consumidor financiero.

f. Dirección de proyectos.

5. No estar ligados entre sí por parentesco de afinidad o consanguíneo hasta el tercer grado.

6. Comprender su papel en el Gobierno Corporativo.

7. Ser capaces de ejercer un juicio sólido y objetivo sobre los asuntos relacionados con Bolsa Nacional de Valores, S.A.

8. Los miembros de la Junta Directiva y Fiscales que participen en Comités Técnicos deben tener la formación y experiencia demostrable, según la naturaleza del Comité.

9. No haber sido declarado insolvente durante los últimos 5 años anteriores al período fiscal correspondiente.

10. No haber sido condenado (a) mediante sentencia firme, durante los últimos 5 años por alguna autoridad jurisdiccional nacional o extranjera, por delitos dolosos contra la buena fe de los negocios, contra de la legislación relativa a la estructura, funcionamiento y cumplimiento de deberes de las entidades financieras, legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo,

financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, contra la propiedad, divulgación de secretos comerciales, corrupción, contra la Hacienda Pública nacional o contra los deberes de la función pública, contra la legislación tributaria o contra la legislación nacional de la seguridad social, protección al consumidor financiero.

11. No haber sido suspendido (a), separado(a) o inhabilitado (a)para ocupar cargos administrativos o de dirección en entidades reguladas o supervisadas por los órganos de regulación o supervisión financiera. Corresponde a los (las) candidatos (as) a la Junta Directiva y Fiscales acreditar el cumplimiento del perfil establecido en este artículo, para lo cual deberán apegarse a lo señalado en la Guía para la Nominación de Miembros de Junta Directiva y Fiscales.

12. Los candidatos a ser electos como Directores Independientes deben cumplir con las características de independencia definidas por Bolsa Nacional de Valores, S.A. en su Código de Gobierno Corporativo:

a. No estar relacionado por gestión o por propiedad con la Bolsa o sus subsidiarias.

b. No haber ocupado u ocupar cargos en los últimos dos años en empresas vinculadas a la Bolsa o sus subsidiarias, excepto en el caso de los Comités Técnicos.

c. No estar relacionado por razones económicas, profesionales o de otra índole, con otros miembros de la Junta Directiva, la Alta Gerencia, Bolsa Nacional de Valores, S.A. y empresas pertenecientes a su mismo grupo de interés económico. Cada candidato debe presentar declaración jurada protocolizada ante Notario Público sobre el alcance de cumplimiento personal respecto de estas limitaciones impuestas para su consideración como Director Independiente.

La postulación de cada candidato debe de acompañarse de la siguiente documentación:

a) Carta de un socio de Bolsa Nacional de Valores, S.A. en la cual postule a el (la) candidato (a), dirigida al Comité de Nominaciones, indicando el nombre completo, número de identificación, puesto para el que se postula y aportando los documentos que se indican seguidamente.

b) Declaración jurada protocolizada, rendida ante Notario Público, en la cual el (la) candidato (a) declare bajo fe de juramento que:

i. Es una persona de reconocida y probada honestidad y honorabilidad;

ii. No ha sido declarado (a) insolvente en los últimos 5 años anteriores al período fiscal correspondiente;

iii. No ha sido condenado (a) por sentencia firme por delitos dolosos contra la buena fe de los negocios, contra de la legislación relativa a la estructura, funcionamiento y cumplimiento de deberes de las entidades financieras, legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo, financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva, contra la propiedad, divulgación de secretos comerciales, corrupción, contra la Hacienda Pública nacional o contra los deberes de la función pública, contra la legislación tributaria o contra la legislación nacional de la seguridad social, protección al consumidor financiero.

iv. En el caso que durante los últimos 5 años haya desempeñado un puesto como miembro del Órgano de Dirección o de la Alta Gerencia en una organización, contra ésta no se haya dictado sentencia firme condenatoria, por los delitos de concurso fraudulento o culposo, o administración fraudulenta concursal o intervención, mientras ejerció el cargo.

v. En el caso que en forma directa o indirecta como miembro del Órgano de Dirección o socio (a) posea una participación significativa en una empresa, que no tiene juicios por deudas pendientes, en el país o en el exterior,

vi. No es un (a) deudor (a) moroso (a) con más de una cuota pendiente de pago en el Sistema Financiero Nacional o en el exterior, a la fecha de expedición de la declaración jurada respectiva.

vii. No se encuentra incluido (a) en las listas de personas involucradas en actividades de legitimación de capitales (LC), financiamiento al terrorismo (FT) o financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM) de la Organización de las Naciones Unidades (ONU), la Oficina de Control de Activos Financieros Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés), y organismos internacionales e intergubernamentales reconocidos en materia de LC, FT, FPADM.

c) Curriculum vitae actualizado.

d) Copia de documento de identidad.

La documentación relacionada con este punto 7 deberá enviarse en forma física a la Bolsa Nacional de Valores S. A. en la dirección arriba indicada o al correo electrónico [email protected] si es en forma digital, antes del 27 de marzo de 2025.

Temas Extraordinarios:

1. Propuesta de eliminación de acciones en tesorería y aprobación de la consecuente reducción del capital social, con la respectiva modificación del pacto social.

2. Propuesta de modificación de la cláusula quinta del pacto social relativa a capital social de la compañía. De no completarse el quórum en la primera convocatoria, se hará una segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha, a las 17:00 horas, en cuyo caso esta Asamblea se constituirá válidamente cualquiera que sea el número de acciones representadas.

San José, 28 de febrero del 2025

Rodrigo Bolaños Zamora

Presidente de la Junta Directiva

Se les recuerda muy atentamente a los señores accionistas, que para su participación en la Asamblea de Accionistas y para el ejercicio del derecho de voto deberán presentar a Bolsa Nacional de Valores S. A. de previo al inicio de la Asamblea lo siguiente:

1. Documentos probatorios de la identidad y representación de los asistentes. En el caso de personas físicas, deberán enviar copia digitalizada de su cédula de identidad, cédula de residencia, o pasaporte, según corresponda el caso.

Respecto de las personas jurídicas se debe enviarse en forma física o digitalizada la certificación original de la personería jurídica del representante legal o apoderado general o generalísimo si éste es quien representa a la empresa, con no más de un mes de emitida. Cuando un accionista se haga representar en la asamblea por un tercero, éste deberá enviar igualmente su identificación y el poder especial correspondiente. Se solicita a los socios que los Estos documentos físicos o digitales los envíen al correo electrónico [email protected], a más tardar el día 27 de marzo del 2025, antes del inicio de la Asamblea.

2. Las certificaciones de personería jurídica emitidas por Notario Público o en físico o digital por el Registro Nacional, así como los poderes especiales autenticados por Notario Público, deberán remitirse en original (físico) a la Bolsa Nacional de Valores, a más tardar el 27 de marzo del 2025, antes del inicio de la Asamblea.

3. Los documentos correspondientes a los puntos 4) y 5) de los temas ordinarios, estarán disponibles en la Bolsa Nacional de Valores S. A, ubicada en las instalaciones de la Bolsa Nacional de Valores, a partir del 21 de marzo del 2025, y también los pueden solicitar en formato digital al correo electrónico [email protected].


Edictos en La República

Para más información para publicar sus edictos, clasificados, avisos legales, obituarios, etc en La República, puede escribirnos al correo: [email protected] o llamarnos al teléfono: 4083-5030 / WhatsApp business.








© 2025 Republica Media Group todos los derechos reservados.