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Edicto: Ministerio de Obras Públicas y Transportes.- Diligencias de expropiación (N° SABI 2023-39)

Comunicados Digitales [email protected] | Miércoles 22 enero, 2025


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Canva / La República


Ministerio de Obras Públicas y Transportes.- Diligencias de expropiación.

EDICTO

Se hace saber que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017, está llevando a cabo las diligencias de expropiación, en contra del inmueble inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, visible al Sistema de Matrícula N° 11423-000, distrito 2 Pacuarito, cantón 3 Siquirres, de la provincia de Limón, propiedad de quien en vida fue Percival Alexander Brown Richard, quien poseía la cédula de identidad N° 8-0051-0673, cuyas diligencias son necesarias para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Rehabilitación y ampliación de la Ruta Nacional N° 32. Carretera Braulio Carrillo. Paso sobre vía Matina” y son conocidas en el expediente administrativo N° SABI 2023-39.

En razón de lo anterior, se procede a notificar mediante el presente Edicto, la emisión de la Resolución Administrativa número 2024-001272 del 19 de agosto de 2024, publicada en el Alcance N° 149 del Diario Oficial “La Gaceta” del 30 de agosto de 2024, en la que se declara de interés público, el inmueble antes descrito, indicándose que se requiere expropiar un área de terreno, la cual es de 302 metros cuadrados, según plano catastrado N° L-69070-2022, para la ejecución del proyecto: “Rehabilitación y ampliación de la Ruta Nacional N° 32. Carretera Braulio Carrillo. Paso sobre vía Matina”.

Asimismo, se comunica que mediante Avalúo N° SABI 2024-139 de fecha 3 de octubre de 2024, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a través del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, determinó que el valor de la franja a expropiar del inmueble de repetida cita, es de ¢1.759.150 (un millón setecientos cincuenta y nueve mil ciento cincuenta colones).

También se hace saber que en el proceso que nos ocupa, conforme al artículo 7 de la Ley de Expropiaciones, se incluye como tercero interesado, al señor el Alexander Ortega García, cédula de identidad N° 7-0270-0289.

En virtud de lo anterior, y siendo que a la fecha no consta en el expediente administrativo, el apersonamiento de un albacea o de un proceso sucesorio en favor de quien en vida fue Percival Alexander Brown Richard, quien poseía la cédula de identidad N° 8-0051-0673, que en este acto, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Expropiaciones, se emplaza por 3 días, a partir de la última publicación del edicto, para que la parte o cualquier interesado, formule ante éste Ministerio cualquier apersonamiento formal y legal respecto al inmueble objeto de expropiación, de lo contrario se les advierte que una vez transcurrido este plazo, se continuará con las diligencias de expropiación conforme a la Ley.

PUBLIQUESE. San José, 10 de diciembre del 2024.

Mauricio Batalla Otárola

MINISTRO


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