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Miércoles, 18 de diciembre de 2024



FORO DE LECTORES


Feriado este 1 de mayo 2024

Eric Briones Briones [email protected] | Lunes 29 abril, 2024


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Eric Briones Briones

Doctor y Profesor en Derecho Laboral

Oportuno es recordar, que, en el año 2020, como una medida paliativa a la crisis mundial -que generó la situación del Covid-19- se aprobó en el país, la reforma del artículo 148 del Código de Trabajo (ley 9875), referida al disfrute de los días feriados, adelantándolos o posponiéndolos, para que fueran los lunes, con el único fin promocionar la visitación interna turística, hasta el año 2024.

Se eliminó durante el cuatrienio, el feriado 12 de octubre (lo cual no significa que se siga rememorando, lo concerniente al encuentro de culturas, dentro del sistema educativo) y creándose como día feriado, el 1 de diciembre de cada año, como “Día de la abolición del Ejército” (ley 9803), siendo de no pago obligatorio, igual como sucedía con el 12 de octubre, en su estipulación originaria.

Otro cambio, al artículo 148 del código mencionado, es la que se da con la emisión de la ley 10050; es decir, la creación como nuevo feriado de pago no obligatorio, todos los 31 de agosto de cada año, denominado: “Día de la persona negra y la cultura Afrocostarricense”; habiendo trasladado su disfrute durante los años 2021 al 2023, para otros días distintos, no así para el año 2024, el cual se celebra el propio día sábado, 31 de agosto.

Por ley no. 10396 publicada en la gaceta no. 236, del miércoles 20 de diciembre del año 2023, el día de la madre, ya no se traslada para el lunes siguiente, sino, que el mismo jueves 15 de agosto 2024, se disfruta tal acontecimiento en la vida del pueblo costarricense, ya que, en la mayoría del resto de los países, lo es en el mes de mayo de cada año.

Asimismo, mediante la ley no. 10.438 publicada en la gaceta no. 53 de 20 de marzo del 2024, ya no se traslada el 25 de julio del presente año, para el lunes siguiente, sino, que será el mismo jueves, con el fin de celebrar la unión del Partido de Nicoya, en la misma fecha histórica en que ocurrieron los acontecimientos, siendo que este año se celebra el 200 aniversario.

Ahora bien, hay feriados de no pago y de pago obligatorio, en total existen 12 días al año; siendo Costa Rica, una media en la concesión de los mismos, a diferencia de otros en donde hay menos o más. Eso sí, recordando que el país, junto con México y Colombia, son de los países, en donde se laboran más horas, a diferencia de Ecuador, Venezuela y Chile, que han bajado las 48 horas semanales, conforme a la progresividad de derechos humanos y la posibilidad que brindan las nuevas tecnologías dentro del entorno laboral, para hacer la vida más fácil al ser humano.

Para el caso de los feriados de pago obligatorio (el cual es este 1 de mayo 2024), significa, que, si se ponen de acuerdo las partes o por ley, deben laborarlo, se paga un adicional, para recibir pago “doble” (reglas que pueden consultarse en www.mtss.go.cr).

Asimismo, algunos feriados, corresponden a la tradición católica, en el entendido, que la persona trabajadora no puede renunciar, a pesar que no comulgue con la fe católica. En este caso, la ley faculta, para que la persona trabajadora, pueda solicitar que le den libres, las celebraciones religiosas según su fe y siempre y cuando, sean reconocidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para su religión. El patrono está obligado a dar libre estos días, pero no bajo las reglas de los días feriados, en vista de que deben reponerlos o bien descontarlos a título de vacaciones.

Entonces, para este año 2024 de la siguiente manera quedaron los feriados en el país: Lunes 1 de enero, se celebró el mismo día; jueves 28 de marzo y viernes 29 de marzo, santos, se celebraron el mismo día; 11 de abril, se trasladó su disfrute, para lunes 15 de dicho mes; 25 de julio como se dijo, se celebra el mismo jueves, ya no se traslada; viernes 2 de agosto, su disfrute queda previsto para es el mismo día; jueves 15 de agosto, mismo día; sábado, 31 de agosto, mismo día; domingo 15 de septiembre, mismo día; domingo 1 de diciembre, mismo día; miércoles, 25 de diciembre, mismo día. Y este 1 de mayo, se celebra el mismo día, sea el miércoles.

Oportuno, saber, que, a pesar, de lo aquí dicho, existe actualmente, dentro de la corriente legislativa la iniciativa 23.981, para pasar los feriados correspondientes al 11 de abril, 1 de mayo, 25 de julio y 1 de diciembre, para el lunes inmediato anterior o posterior, a partir del año 2025, con el fin de fortalecer la industria turística, para que los nacionales, puedan contar con más días consecutivos, para turistear a lo interno del país.











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