Crisis en pensiones
Natalia Díaz [email protected] | Jueves 23 marzo, 2017

Crisis en pensiones
Desde los albores de nuestra historia republicana, nuestro país ha considerado vital dar un soporte económico para las personas que dejan la vida activa y pasan a retiro. Esa es parte de nuestra cultura de solidaridad con quienes han brindado sus mejores esfuerzos por atender sus obligaciones personales, familiares y laborales, en los sectores público y privado. Los primeros grupos afortunados de nuestra legislación primigenia han sido vinculados al sector público, dado que era más fácil cargar al Estado con estas obligaciones pensionarias. Desde finales del siglo XIX, comienzan estos esfuerzos legislativos en favor de miembros del ejército, de las guardias, bandas militares, funcionarios de aduanas y otros semejantes. Varias leyes se emitieron al respecto. Luego, en los años 40, surgen los seguros sociales con un ámbito de protección a los trabajadores del sector privado. No obstante, en todos los casos, se ha carecido de estudios técnicos que dieran soporte para que el Estado pudiera implementar las medidas de gestión para una sana administración, e incluyera aportación o cotización de las partes (trabajadores, Estado como tal y como patrono, y patronos particulares), inversiones, rentabilidad y riesgos.
Esto obedeció a que como el Estado siempre estará ahí para salir en auxilio del pago de estas obligaciones, no hubo un interés serio en que se determinara la capacidad para cumplir en el tiempo con obligaciones que diariamente iban aumentando.
En la actualidad ya los diferentes regímenes están en pleno apogeo. Los regímenes especiales con cargo al Presupuesto Nacional surgieron sin un fondo que les diera sustento. Con respecto a los que tuvieron aportes de los trabajadores, los recursos se fueron a Caja única sin que nunca se conformara un verdadero fondo, que con el paso del tiempo y los diferentes aportes, debidamente invertidos, permitiera una rentabilidad tal que atendiera las obligaciones una vez que estas fueren exigibles. En el caso del Poder Judicial, se conforma un fondo, el cual, dadas las circunstancias actuales, está siendo sometido a fuerte cuestionamiento en la Asamblea Legislativa. El régimen del Magisterio, por su parte, cuenta con un fondo de más reciente desarrollo. El régimen de IVM de la CCSS está siendo revisado técnicamente. En conclusión, el país tiene varios regímenes, con diferentes requisitos para su otorgamiento, aportación, variables para su cálculo y fijación y lo más importante, de beneficios para el solicitante. Tenemos cuatro colectivos claramente identificados, en tres de los cuales existe un soporte importante del Estado. Los regímenes especiales con cargo al Presupuesto Nacional son asumidos a plenitud por el Estado y tenemos en franco cuestionamiento tanto hacia el del Poder Judicial como el de la CCSS.
Los regímenes de seguridad social referidos a las pensiones, son determinantes en las posibilidades de vida digna para quienes han pasado a la vida inactiva desde el punto de vista laboral. La certeza de recibir los beneficios de la vida laboral para cuando viene el retiro es esencial. Su puesta en duda a uno, diez o cincuenta años, es motivo de la más alta preocupación de toda la ciudadanía.
Ya los estudios preliminares o la información que alrededor de los mismos se ha generado, muestran muy serias preocupaciones. Se requerirá como país, de una gran madurez y responsabilidad de los líderes políticos que al final deberán tomar medidas, disposiciones normativas, acuerdos políticos, entre otros; pero igualmente, se necesita de líderes de los diferentes grupos y miembros de los colectivos involucrados, a efecto de acercarse con mucha propiedad a analizar la información técnica elaborada por los especialistas en la materia. No se trata de que un grupo quede en una situación momentánea favorable para recibir beneficios que no responden a las posibilidades reales del régimen al cual pertenece. Se trata de que como país, tengamos situaciones económicas y financieras que nos permitan atender las obligaciones de las actuales y de las futuras generaciones. Los ajustes o cambios a introducir deben ser los necesarios para que los regímenes continúen por décadas.
Con el fin de atender las necesidades de quienes tienen y tendrán los derechos a una pensión, es necesario adecuar, según los estudios actuariales, las prestaciones a las recursos que se tengan o vayan a tener en los diferentes momentos.
Por su parte la legislación por emitir, debe ser lo suficientemente previsora de los cambios que con el devenir de los años, se requieran, y no esperar hasta que las situaciones lleguen al límite para actuar. Puede que sea muy doloroso en el corto plazo; sin embargo, no podemos perder de vista que las prestaciones por recibir, no pueden ser mayores en el tiempo, a los aportes realizados y a los rendimientos correspondientes, menos los gastos que su administración implica.
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