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Jueves, 19 de diciembre de 2024



FORO DE LECTORES


EL DERECHO LABORAL EN EL METAVERSO

Eric Briones Briones [email protected] | Martes 13 septiembre, 2022


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Eric Briones

Doctor y Profesor en Derecho Laboral

Ahora que se cumple el 80 aniversario, de la puesta en marcha de una legislación nacional unificada, en donde la humanidad, después de la primera guerra mundial, logró en sus legislaciones recopilar y elevar a rango de derecho humano, los derechos de las personas trabajadoras, bajo principios estatales de justicia social y al amparo de un organismo internacional del trabajo (OIT), se presenta un nuevo reto mundial, que los laboralistas y en general, los jurisconsultos de distintas disciplinas, pertenecientes al orbe, deben estar alertas y concientizar a sus estados, de lo que se viene y se llama el “metaverso”.

Este término, fue acuñado en los años 90^s, en la novela estadounidense “ Snow Crash”, algo así como choque/accidente en la nieve, del escritor Neal Stephenson, en donde hay un mundo virtual, parecido al real con avatares, con bancos, ventas comerciales a nivel internacional. Todo esto, sostenido por personas de carne y hueso, que día a día, laboran en la construcción del nuevo mundo virtual, que se espera, sea el que venga a sostener y fortalecer la economía global. Precisamente, esta idea la toma Mark Zuckerberg, fundador de Facebook (Meta), para crear el metaverso, que viene a significar la evolución de la internet, por lo que, a nivel global, las empresas, se están apurando por tener presencia, en este mundo virtual -del cual si bien aún no hay certeza de su rentabilidad, como está pasando con las criptomonedas- y si se espera, sea el pronto futuro de los negocios y nuevo desarrollo de la humanidad.

Esto debe venir, a significar una llamada de atención y de alerta, tanto para la OIT, como para sus estados miembros, en la regulación y puesta en marcha, en el seno de la Conferencia Internacional del Trabajo, de las nuevas reglas internacionales, por cuanto se esperan nuevas realidades sociales, que se deben atemperar, tales como: la competencia territorial de la legislación a aplicar (tanto sustantiva, como la atinente a la seguridad social), cuando personas trabajadoras de diversas nacionalidades, presten sus servicios, como desarrolladores virtuales, desde los rincones menos pensados del globo terráqueo. Igualmente, lo concerniente a la competencia entre empresas, en cuanto a la figura del dumping social (jornadas, horarios, compensación económica); las características de la laboralidad que se van a utilizar, para discernir, cuando o no, se está en presencia de una relación laboral, para la aplicación del derecho a la desconexión, lo disciplinario y el control empresarial, etc.

El gran reto entonces, es ir pensando como humanidad, en una meta legislación, con límites y códigos éticos/morales, para el manejo de la información personal y de los mismos avatares; la interacción de los robots e inteligencia artificial, con el ser humano, en pro de la satisfacción de la mayor cantidad de las personas y el desarrollo del teletrabajo, como herramienta, que posibilita y facilita, el sostenimiento de las fuentes del trabajo mundial, en el presente y el futuro.

Para mayor información se puede acceder a las siguientes direcciones: https://elpais.com/economia/negocios/2022-08-20/y-a-los-trabajadores-en-el-metaverso-que-ley-les-aplicamos.html?ssm=FB_CC; De distopía a realidad: cinco claves para entender el metaverso | EL PAÍS Semanal | EL PAÍS (elpais.com); Metaverso: ¿el negocio del siglo o la gran burbuja? | Negocios | EL PAÍS (elpais.com).







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