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Jueves, 19 de diciembre de 2024




¿Qué pasó con la energía solar en Costa Rica?

Natiuska Traña [email protected] | Lunes 29 agosto, 2016


Cortesía del proyecto Hotel Bahía Azul - Uvita, Costa Rica


Existe un panorama jurídico más claro, respecto a la generación de energía solar para autoconsumo, tal y como lo indicó la Procuraduría General, es una actividad entre privados que no requiere concesión para su ejercicio.

Las personas que decidan instalar paneles solares, en sus casas, empresas o industrias, podrán generar energía para su consumo y almacenarla tanto de manera aislada (baterías) como enviarla a la red pública y utilizarla en el momento en que sea necesario.

{l1}mercado_solar_vale_mas_de_270_millones{/l1}Recientemente el intendente de energía, manifestó que se aprobaron las tarifas que pagarán las personas jurídicas y físicas por descargar la potencia que anteriormente le había cargado a la distribuidora eléctrica respectiva, dependiendo de la zona geográfica.

Los montos por kilovatio hora (kWh) propuestos, varían entre según las empresas debido a las diferencia en tamaño y costos de mantenimiento de cada una, como siguen:

A pesar del vacío legal en que se mantenía la generación solar para autoconsumo y el desestímulo que generó en la inversión, con el establecimiento de estas tarifas pareciera que resultaría un buen negocio para el generador.

¿Qué hace falta? Sentarse a negociar. El Contrato Marco de Interconexión emitido por el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) debe determinar las relaciones entre las empresas distribuidoras y los interesados en realizar generación distribuida para autoconsumo en su modalidad medición neta sencilla y su aplicación es obligatoria a las distribuidoras. Para lo anterior, deben crear metodologías, procedimientos, requisitos, plazos, condiciones técnicas y cualquier otro requerimiento para así ofrecer dicha actividad a posibles interesados apegándose al reglamento del Minae y las reglas de Aresep.

{l2}luz_verde_a_energia_solar{/l2}Los medidores (monófásicos y trifásicos) de dos vías, deben ser homologados por la Aresep y tanto la administración como el mantenimiento de los mismos, debe ser realizado por la distribuidora encargada. Dicha relación debe determinarse por ambas partes, pues se requiere de un gasto para adquirir las estructuras; la distribuidora y el generador utilizarán el medidor para conocer cuánto se inyecta a la red y asegurar las condiciones de calidad y seguridad impuestas a esta modalidad de generación.

El Sol y el viento son recursos de todos; se está venciendo el ambiente económico y regulatorio tan restrictivo en el sector eléctrico que eventualmente catapulte nuevos negocios para el país con una nueva visión de sector energético de apertura y sustentado en el beneficio del sector más importante, los usuarios.

Natiuska Traña
Asociada
Pacheco Coto

[email protected]
2505 0900
www.pachecocoto.com
 

 







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