Torpeza en Cuesta de Moras
Juan Manuel Villasuso [email protected] | Martes 25 mayo, 2010
Dialéctica
Torpeza en Cuesta de Moras
El inicio de la actual legislatura ha sido muy torpe, aunque admito que ese calificativo es indulgente. Otros más fuertes como desvergonzado, indecente, inmoral e indigno han sido utilizados en estos días ante la pretensión de un grupo de diputados de duplicarse el salario como primer acto legislativo.
Esos severos y ásperos epítetos son entendibles. Legislar en beneficio propio no puede justificarse bajo ninguna circunstancia. Con mayor razón si quienes aceptaron la candidatura para la curul conocían, al momento de la nominación, el sueldo que iban a devengar.
Sin embargo, debe reconocerse que este tema de la remuneración de los diputados requiere discusión para que se resuelva de manera definitiva, de tal suerte que la penosa situación que vivimos, que deja mal parados a los parlamentarios, no se repita en el futuro.
En ese sentido, hay dos interrogantes fundamentales que tienen que resolverse: ¿cuánto debe ganar un legislador y quién debe establecer la remuneración?
Como respuesta a esas preguntas, conviene resaltar que los diputados son elegidos por los ciudadanos para actuar como sus representantes en el Congreso. En consecuencia, se puede asegurar que esas personas son investidas y contratadas por el pueblo; por lo que deberían ser los electores los que fijaran la remuneración de sus subordinados. Igual razonamiento valdría para el Presidente de la República y los alcaldes, que también son escogidos por sufragio popular.
Situación diferente es la de los ministros, jerarcas de instituciones descentralizadas y miembros del cuerpo diplomático, cuyo nombramiento depende del Poder Ejecutivo y es a este al que corresponde la potestad de fijar el salario de los acreditados en esos cargos.
Pero, ¿cuánto deben ganar los servidores públicos elegidos por el votos ciudadano? Los criterios pueden ser diversos y eminentemente subjetivos. Dependerá, en última instancia, de la valoración que se haga del trabajo que realizan, de la responsabilidad que asumen o del desempeño de sus labores. Podría también hacerse en términos comparativos con otros puestos de rango equivalente o en relación con el salario mínimo.
En todo caso, similar a lo que ocurre con la contratación de un empleado, el patrono (ciudadanos) es el que establece el monto a pagar y el trabajador (aspirante político) decidirá si acepta o no el puesto. La propuesta salarial variará en función del número y calificación de los concursantes; mayor si hay pocos, más reducida si hay muchos.
Esta fórmula, sustentada en los principios del mercado, me imagino que será del agrado de mis colegas neo y liberales. Debo aclarar, sin embargo, que en este caso el mecanismo sí funciona porque se trata del régimen democrático en que todos los votantes son iguales (un voto por persona), pero no es aplicable al mundo económico donde los más ricos tienen más papeletas que los pobres.
Falta por determinar, desde luego, la forma en que el conjunto de ciudadanos fijaría la remuneración. Ese aspecto, que debe precisarse antes de la aceptación de las candidaturas, no es problema en estos tiempos en que las tecnologías permiten amplias oportunidades de participación y de interacción. El Tribunal Supremo de Elecciones, al iniciarse el proceso electoral, consultaría a los ciudadanos por Internet, o por encuesta, y calcularía un promedio de los sueldos sugeridos. Asunto resuelto.
Pero me surge una duda: ¿requeriría este novedoso procedimiento alguna reforma legal que exija la aprobación de los diputados?
Juan Manuel Villasuso
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